¿Cómo se puede clasificar a las personas asalariadas?
Estos trabajadores pueden clasificarse en «empleos asalariados» o en «empleos independientes», de acuerdo con las condiciones específicas de sus contratos. También pueden clasificarse como «empleadores» si contratan otros trabajadores con arreglo a las condiciones descritas en el párrafo 9.
¿Qué son las personas asalariadas?
Definición. Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo. El término de sueldo suele ser utilizado como sinónimo de salario.
¿Cuál es la clasificación de los trabajadores al servicio del estado?
La Ley reglamentaria, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su art. 5° enlista a los trabajadores que son considerados de confianza y, por exclusión, determina a los de base. Por otra parte, encontramos una clasificación que atiende al criterio de su adscripción:
¿Cuál es la clasificación general de los empleos públicos?
Clasificación general de los empleos públicos. El concepto, entre otras cosas, también indica que, de acuerdo con la naturaleza de las funciones, los empleos se pueden clasificar por niveles jerárquicos: Nivel Directivo. Nivel Asesor. Nivel Profesional.
¿Cuál es la clasificación de los funcionarios mexicanos?
Por su parte, la legislación mexicana clasifica a los funcionarios según ejercen la función pública, esto es, los divide en: b) Empleados de base. Ambos son los que en apariencia equivalen a la clasificación que distingue en funcionarios y en empleados, específicamente, el apartado B del art. 123 constitucional en su frac.
¿Cuáles son las clasificaciones generales?
Dentro de las clasificaciones generales, encontramos la siguiente: a) Representativos y profesionales. Según se desempeñen como representantes del estado o técnicos; b) Electivos o de nombramiento. Atendiendo al origen de su designación, esto es, mediante sufragio o por decisión de la autoridad competente; c) Federales, estatales y municipales.