Cuales son los estatutos de los trabajadores?

¿Cuáles son los estatutos de los trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores solo regula las relaciones laborales de aquellos trabajadores que presten sus servicios de manera voluntaria a un organismo empleador, sea este físico o jurídico. Es decir, aquellos que trabajen por cuenta ajena, excluyendo así a los autónomos o trabajadores por cuenta propia.

¿Cuándo fue la última reforma del Estatuto de los Trabajadores?

Última actualización, publicada el 07/03/2019, en vigor a partir del 08/03/2019. Texto original, publicado el 24/10/2015, en vigor a partir del 13/11/2015.

¿Qué es y para qué sirve el Estatuto de los Trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores es un código legislativo de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena que, de forma voluntaria, presten unos servicios retribuidos dentro del ámbito de organización y dirección de un empresario empleador.

¿Dónde se regula el contrato de trabajo?

BOE.es – Código Laboral y de la Seguridad Social.

¿Quién regula los contratos de trabajo?

La Dirección del Trabajo fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones y derechos que se derivan de los contratos de trabajo de los trabajadores subcontratados, así como el cumplimiento de las normas laborales entre las partes involucradas.

¿Qué derechos se recogen en el Estatuto de los Trabajadores?

Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

¿Qué norma regula el trabajo y de qué año es?

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.Es la norma principal que rige los derechos de los trabajadores en España.

¿Qué dice el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores?

Descanso semanal, fiestas y permisos. 1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo.