¿Cuándo se pueden interrumpir las vacaciones?
El Texto del Acuerdo Paritario del 3 de Junio de 2009 establece que las partes acuerdan que la licencia anual obligatoria o vacaciones podrá interrumpirse por enfermedad de largo tratamiento, enfermedad crónica, maternidad y/o duelo, debiendo usufructuarse inmediatamente cesada la causa de su interrupción.
¿Qué pasa si me interrumpen las vacaciones?
Cuando ocurra interrupción justificada en el goce de vacaciones ya iniciadas, el beneficiario tiene derecho a reanudarlas por el tiempo que falte para completar su disfrute y desde la fecha que oportunamente se señale para tal fin.
¿Por qué las vacaciones deben fijarse por el trabajador y el empresario?
Las vacaciones tienen que fijarse por acuerdo entre el trabajador y el empresario, por lo que no pueden ser unilateralmente fijadas ni por el uno ni por el otro.
¿Cómo puedo indemnizar a un trabajador de vacaciones?
Aceptarlo e irse de vacaciones cuando la empresa se lo permita. Rescindir el contrato de trabajo. En este caso, percibiría 20 días de salario como indemnización. También es posible demandar a la empresa si obligan a un trabajador a coger vacaciones de un día para el otro y sin dar explicaciones.
¿Cómo reclamar la fecha de las vacaciones?
Por ello, si la fecha de las vacaciones no se logra precisar, el trabajador ha de reclamar su derecho por vía judicial, presentando la correspondiente demanda con una antelación de, al menos, dos meses al momento en que pretendiera su disfrute.
¿Por qué las vacaciones pueden acumularse y ser reemplazadas por dinero?
Por regla general, las vacaciones no pueden ni acumularse ni ser reemplazadas por dinero, pero esto no quita que una empresa pueda acordar con sus trabajadores el pago de las mismas. Si este no fuera el caso, existen situaciones en las que el trabajador aún tendría derecho a una compensación económica equivalente en caso de tener días adeudados.