¿Qué diferencia hay entre un contrato verbal y un contrato escrito?
Es claro que la principal diferencia entre un contrato verbal y uno escrito es la formalidad, sin embargo, la principal consecuencia que tiene un contrato verbal es que este no sirve como medio de prueba, debido a que no se encuentra escrito.
¿Qué contratos pueden tener forma verbal?
Un contrato mercantil puede realizarse de forma verbal, siempre que no haya una ley que obligue a realizarlo por escrito. Además, aunque los contratos verbales son válidos, cualquier de las dos partes pueden exigir a la otra parte el plasmar por escrito el contrato, aunque la relación ya esté vigente.
¿Qué requisitos tiene el contrato de trabajo verbal?
Requisitos del contrato de trabajo verbal. La ley no exige ninguna formalidad o requisito especial para la existencia del contrato de trabajo verbal, pero sí señala que en él se debe acordar unos aspectos mínimos que den claridad a las obligaciones asumidas por las partes.
¿Cómo se pueden celebrar los contratos verbales?
Se pueden celebrar contratos verbalmente y serán perfectamente válidos, salvo que por ley se exija alguna formalidad, como que se haga por escrito, o que se haga en escritura pública. La verdad es que a diario realizamos múltiples transacciones verbales sin darnos cuenta, pero se trata de actos de poca entidad.
¿Cómo se inicia la relación laboral?
La relación laboral siempre se inicia cuando existe un contrato laboral que vincula al trabajador y el empresario. Sin embargo, no es inusual que en la contratación de trabajadores y en su formalización existan incumplimientos formales o fraudes de ley.
¿Cómo se puede probar la relación laboral?
Cuando el contrato de trabajo se haya celebrado de forma verbal, si el trabajador quiere reclamar sus derechos tendrá que probar la existencia de la relación laboral. Si se procedió al alta en Seguridad Social del trabajador, será fácil probar la relación laboral durante el período en que haya estado de alta como empleado de la empresa.