¿Cómo informar al SEPE que estoy trabajando?
¿Cómo comunicar al SEPE que he encontrado trabajo?
- Mediante la sede electrónica del SEPE si dispone de DNI o usuario electrónico, certificado digital o cl@ve.
- Mediante vía telefónica, de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 horas.
- De forma presencial en la oficina de empleo correspondiente tras haber obtenido cita previa.
¿Cuándo empiezo a trabajar tengo que avisar al INEM?
El trámite de informar al SEPE (INEM) es obligatorio. Aunque el Servicio Público de Empleo tiene conexión con la base de datos de la Seguridad Social y en ocasiones suspende de oficio la prestación, el trabajador siempre debe comunicar su colocación por teléfono, internet o en la propia oficina.
¿Cómo dar de baja mi prestacion por desempleo?
Puede comunicarnos su baja en la prestación a través de Internet en www.sepe.es. Para ello necesita certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. También puede comunicarlo por teléfono, así como en la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio.
¿Qué procedimiento tiene que seguir el empresario para aplicar el traslado?
¿Qué procedimiento tiene que seguir el empresario para aplicar el traslado? El empresario está obligado a preavisarte con una antelación de 5 días en aquellos desplazamientos que tengan una duración prevista superior a los 3 meses.
¿Cómo se produce el traslado de un trabajador a otro centro de trabajo?
El traslado se produce cuando el empresario decide que el trabajador pase a prestar servicios en otro centro de trabajo que exige el cambio de domicilio habitual del trabajador.
¿Cuál es la duración de la prestación por desempleo?
Tal y como afirma la web especializada Empleare, la duración de la prestación por desempleo varía en función de los años que tengamos cotizados. Y sí, el baremo es la cotización a la Seguridad Social, así que si hemos trabajado muchos años en «negro» esto no se tendrá en cuenta a la hora de proporcionarnos una prestación por desempleo.
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores por el traslado?
Derechos de los trabajadores, resarcimiento de los gastos por el traslado. El trabajador que acepte la medida tiene derecho a percibir una compensación por gastos, tanto propios como de los familiares a su cargo, en los términos que se acuerde individualmente o que vengan establecidos en el convenio colectivo para el cambio de residencia.