¿Quién tiene que tener Plan de Igualdad?
El Real Decreto establece la obligación de realizar un plan de igualdad a todas las empresas que superen los 50 trabajadores. No obstante, esta obligación no es inmediata, sino que existe un periodo de adaptación: A partir del 8 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
¿Cuáles son las funciones de un comite de empresa?
El comité de empresa es un órgano, formado por conjunto de trabajadores de una empresa que representan a todos los empleados de ésta. Es un organismo fundamental, ya que se encarga de negociar las condiciones de trabajo con la empresa y defender los intereses de los trabajadores en caso de conflicto.
¿Cuándo es necesario el Plan de Igualdad?
Desde el pasado 7 de marzo de 2020, ya deben tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan entre 151 y 250 personas trabajadoras. A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan entre 101 y 150 personas trabajadoras.
¿Qué información debe incluirse en un diagnóstico de Igualdad?
En el diagnóstico se deberá realizar una descripción de los procedimientos y/o medidas de sensibilización, prevención, detección y actuación contra del acoso sexual y al acoso por razón de sexo, así como de la accesibilidad de estos.
¿Cuánto dura un Plan de Igualdad?
Los planes de igualdad en empresas tendrán 4 años de vigencia aunque se reduzca la plantilla. Así se desprende del Real Decreto aprobado por el consejo de ministros. Los planes deberán incluirse en un Registro público de Convenios y Acuerdos Colectivos.
¿Qué tipo de organizaciones o sectores tiene la obligación de hacer un Plan de igualdad?
Con la actualización del Real Decreto-Ley 6/2019, actualmente todas las empresas que tengan más de cincuenta trabajadores tienen la obligación de implementar el Plan de igualdad. Cuando lo establece el convenio colectivo aplicable, con independencia del número de trabajadores que haya en plantilla.