Que descuentos deben hacer los empleadores?

¿Qué descuentos deben hacer los empleadores?

Estos son los descuentos que, por obligación, deben hacerse a la remuneración del trabajador. El empleador está obligado legalmente a hacer estos descuentos: Impuestos que gravan la remuneración (impuesto a la renta). Cotizaciones de seguridad social.

¿Cómo se calcula el sueldo líquido?

¿CÓMO SE CALCULA EL SUELDO LÍQUIDO? Para calcular el sueldo líquido de un trabajador, primero se debe conocer el monto bruto. A esa cantidad se le debe restar los siguientes porcentajes: 10% de aporte a la cuenta de capitalización individual (AFP). 7% para prestaciones de salud ya sea FONASA o Isapre.

¿Cuál es el sueldo líquido de un trabajador?

Para calcular el sueldo líquido de un trabajador, primero se debe conocer el monto bruto. A esa cantidad se le debe restar los siguientes porcentajes: 10% de aporte a la cuenta de capitalización individual (AFP). 7% para prestaciones de salud ya sea FONASA o Isapre.

¿Quién puede realizar descuentos a la remuneración del trabajador?

La ley establece que el empleador puede realizar los siguientes descuentos a la remuneración del trabajador, sin estar obligado a hacerlo: Descuentos por horas no trabajadas. Descuento por días no trabajados. Multas autorizadas en el reglamento interno de la empresa, siempre que la infracción sea debidamente establecida.

¿Cómo se pueden hacer los descuentos al salario?

Los descuentos se pueden hacer tanto al salario como a las prestaciones sociales. Respecto al límite de los 3 salarios mensuales, fue eliminado por la ley 1429 de 2010 que modificó el artículo 149 del código sustantivo del trabajo.

¿Qué debe hacer el empleador para pagar este crédito mensualmente?

El crédito debe constar por escrito y el descuento que el empleador aplicará para pagar mensualmente este crédito no podrá superar el 30% de la remuneración bruta del trabajador. El crédito debe tener alguna de las siguientes finalidades: Pago de la adquisición de viviendas. Cantidades para ser depositadas en una cuenta de ahorro para la vivienda.

¿Qué son los descuentos obligatorios?

Descuentos Obligatorios. Estos son los descuentos que, por obligación, deben hacerse a la remuneración del trabajador. El empleador está obligado legalmente a hacer estos descuentos: Impuestos que gravan la remuneración (impuesto a la renta). Cotizaciones de seguridad social. Salud: ISAPRE o FONASA. Seguro de cesantía (AFC), si corresponde.

¿Cuáles son los descuentos que se establecen por ley?

Los descuentos que se establecen por ley son: el 4 por ciento del sueldo para salud; el 4 por ciento para pensión y el porcentaje correspondiente al Fondo de Solidaridad Pensional, para quienes devenguen cuatro o más salarios mínimos mensuales vigentes.