Como se pagan las vacaciones en caso de renuncia?

¿Cómo se pagan las vacaciones en caso de renuncia?

En caso de renuncia voluntaria o despido, se te deben pagar las vacaciones no gozadas de manera proporcional. Esto se hace dividiendo los días que te corresponden de vacación entre 365 días del año y lo multiplicas por los días que llevas laborando, para ver cuántos te tocarían proporcionalmente.

¿Cuando me pagan las vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones retribuidas y no disfrutadas se pagan en el finiquito en el caso de finalización de contrato o despido o en la liquidación para la jubilación. En el caso de las ETTs suelen incorporarse al salario mensual.

¿Cuándo se pagan las vacaciones?

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 76 indica que los trabajadores con un año de antigüedad pueden gozar de 6 días de vacaciones pagadas. Posteriormente, se aumentan dos días por cada año laborado, hasta llegar a 12. A partir del quinto año de servicios, aumentará en 2 días de vacaciones por cada 5 años.

¿Por qué no se pagan las vacaciones?

Si las vacaciones no se pagan a más tardar en la fecha acordada por las partes, el empleador está incurriendo en mora, que a decir verdad no tiene consecuencia alguna. Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas.

¿Cómo se otorgan las vacaciones en el trabajo?

Así se causan, se otorgan y se pagan. De hecho, el artículo 192 del código sustantivo del trabajo, cuando se regula la remuneración de las vacaciones, se refiere a ellas como salario: «Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas…»

¿Por qué el empleador debe pagar las vacaciones cuando se terminan?

Desde el punto de vista legal, el empleador no está obligado a pagar las vacaciones cuando se empiezan ni cuando se terminan, sino cuando debe pagar el salario.

¿Por qué las vacaciones laborales se pierden?

Las vacaciones laborales no se pierden porque el trabajador haya sido despido con justa causa, o porque haya cometido un ilícito, o porque haya abandonado, el cargo. A continuación, transcribimos uno de los correos que recibimos de nuestros lectores. Lo editamos un poco para su publicación: