¿Qué es la jornada completa?
¿Qué es la jornada completa y qué debes saber sobre ella? Desde que España promulgara la jornada de ocho horas en 1919, éste ha sido el tipo de jornada laboral predominante en nuestro país. Por jornada completa se entiende que el empleado trabaje durante 40 horas a la semana, divididas en cinco turnos de ocho horas.
¿Qué regulaciones tiene el trabajo a jornada completa?
El trabajo a jornada completa también conlleva ciertas regulaciones sobre tiempos de descanso. Así, en el caso de una distribución irregular de las horas de trabajo, entre una jornada y la siguiente siempre tiene que transcurrir un mínimo de 12 horas para que puedas reponer fuerzas antes de reincorporarte.
¿Qué es la jornada laboral completa y cuántas horas tiene?
¿Qué es la jornada laboral completa y cuántas horas tiene? Desde que España promulgara la jornada de ocho horas en 1919, éste ha sido el tipo de jornada laboral predominante en nuestro país. Por jornada completa se entiende que el empleado trabaje durante 40 horas a la semana, divididas en cinco turnos de ocho horas.
¿Cuáles son los tipos de jornada laboral?
Tipos de jornada laboral La jornada completa máxima la determina el convenio colectivo de aplicación, puede ser de forma semanal o de forma anual (37 horas semanales o bien 1800 anuales). En ambos casos dicho límite no se puede ampliar en contrato de trabajo, ni por acuerdo con los representantes de los trabajadores (Si se […]
¿Cómo puede alargarse la jornada laboral?
La jornada laboral puede alargarse por necesidades de atención al cliente. Por tanto, lo más probable es que el convenio ponga más horas de las 9 habituales como jornada máxima. Las horas extras, sin embargo, deberán remunerarse económicamente o en horas de descanso; y los menores de 18 años están exentos de realizarlas. Salud pública o privada.
¿Qué es la jornada completa en el cómputo?
En algunos países como Francia, la jornada completa se consigue trabajando 35 horas semanales, es decir, siete diarias. En nuestro país, la jornada ordinaria o completa no puede exceder las cuarenta horas semanales en el cómputo anual.