Cuales son las funciones de un administrador de comunidades?

¿Cuáles son las funciones de un administrador de comunidades?

Atender a la conservación y mantenimiento de la finca, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente, o en su caso, a los propietarios. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

¿Qué funciones hace un Administrador de Fincas?

Funciones de un administrador de fincas

  • Seleccionar al arrendatario, constituye una fianza, se encarga de la redacción y firma del contrato.
  • Obtener la cédula de habitabilidad.
  • Cobrar la renta y actualizarla.
  • Realizar el pago de gastos e impuestos.
  • Gestionar el traspaso de locales comerciales.

¿Qué funciones tiene el administrador de una comunidad de propietarios?

¿Qué funciones tiene el Administrador en una comunidad de propietarios? Fundamentalmente, el Administrador de una Comunidad de Propietarios se encarga de llevar a cabo las siguientes tareas específicas, conforme a sus conocimientos y pericia profesional:

¿Cuál será la responsabilidad del administrador de la comunidad?

La responsabilidad del administrador de la Comunidad podrá ser CIVIL o PENAL. La responsabilidad será civil, cuando de su culpa o negligencia se ocasionen unos daños a la Comunidad imputables al incumplimiento de sus tareas; esta responsabilidad dará lugar a una indemnización de daños y perjuicios, cuyo importe deberá ser acreditado por la

¿Cómo puede concluirse la relación entre la comunidad y el administrador?

La relación entre la comunidad y el administrador puede concluirse al finalizar del periodo para el que fue contratado, si bien la mayoría de los contratos contemplan prórrogas automáticas, si no se dice nada por ninguna de las partes con un preaviso que hay que respetar.

¿Qué es un administrador por cuenta de otro?

El administrador es un gestor por cuenta de otro. Debe cumplir la Ley y los estatutos y está bajo la dirección del Presidente y de la Junta de propietarios, máximo órgano de expresión de la voluntad de los propietarios.