¿Cuáles son las horas de guardia?
La discusión gira en torno a si las ‘horas de guardia’ se las considera horas en que el empleado está trabajando o no, siendo que éste no se encuentra en el establecimiento laboral, pero tampoco es totalmente libre de disponer de su tiempo según su voluntad.
¿Cuál es el principal problema de las guardias?
El principal problema de las guardias, aunque no el único como más adelante detallaremos, es si se considera o no tiempo de trabajo efectivo, siendo en a mayoría de las ocasiones hora extraordinarias.
¿Qué son las guardias no presenciales?
Estas guardias no presenciales, que en determinados convenios se denominan como tiempo de disponibilidad, sólo serán obligatorias si los recoge el convenio colectivo y han sido acordadas con el trabajador. En otro caso, serán siempre voluntarias.
¿Cuál es el tema de las horas de guardia pasiva?
Un tema central de todo esto es el del pago de las horas de la guardia pasiva. Es obvio que corresponde pagar una retribución, siendo que hay una cierta restricción al tiempo libre del trabajador y éste se compromete a acudir al llamado. ¿Cuentan como horas extras?
¿Cuál es el tiempo de trabajo de las guardias?
El debate se centraba en la consideración o no de tiempo de trabajo de esas guardias, aclarando el TSJC que “el tiempo de trabajo se define en función de tres requisitos: la permanencia del empleado en el trabajo, la sujeción al poder de disposición del empresario y el ejercicio, por parte del trabajador de sus funciones o actividad”.
¿Qué implica la realización de horas extraordinarias?
La realización de horas extraordinarias no implica que se deban abonar siempre por encima de una hora ordinaria, sino que lo único que indica el Estatuto de los Trabajadores es que no se puede abonar por debajo del valor de una hora ordinaria. En consecuencia, habrá que revisar el convenio colectivo para comprobar su remuneración.