Como se establecen los periodos de prueba?

¿Cómo se establecen los periodos de prueba?

Los periodos de prueba se establecen mediante un acuerdo contractual entre las dos partes, aunque hay una serie de límites que han de respetarse para que sean válidos. Es importante señalar que si no se cumplen habrá un despido nulo. Son los siguientes: 1.

¿Por qué no superar un periodo de prueba?

La principal consecuencia de no superar un periodo de prueba es que el contrato podrá resolverse sin ningún tipo de indemnización para el trabajador. Dicho de otra manera, el despido será gratis.

¿Cómo debe acordarse el periodo de prueba?

Observaciones. El periodo de prueba se debe acordar o pactar por escrito en cualquier caso, pues este no se presume, sino que debe ser pactado expresamente entre las partes. En el contrato de trabajo verbal puede existir el periodo de prueba, pero debe hacerse por escrito, pues de lo contrario no tiene validez.

¿Cuál es el período de prueba para los técnicos?

En defecto de convenio o en el caso de que en este no se regule el período de prueba, la normativa establece los siguientes límites: No podrá superar los 6 meses para los técnicos que dispongan de titulación. No podrá superar los 2 meses para el resto de trabajadores.

¿Cuál es el periodo de prueba para los trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores, el marco que define la regulación laboral, establece un máximo de dos meses para el periodo de prueba para cualquier trabajador excepto aquellos que requieran de una titulación técnica. En este caso, el periodo será de seis meses.

¿Cuál es la duración máxima de la prueba?

La duración del periodo de prueba está limitada por la legislación, por lo que no podrán ser superados los límites máximos establecidos que son diferentes atendiendo en unos casos a la formación del trabajador, en otros al tipo de contrato de trabajo o al tamaño de la empresa. Duración máxima según la titulación del trabajador:

¿Qué es un trabajador en periodo de prueba?

A un trabajador en periodo de prueba se le liquida la nómina y el contrato de trabajo como a cualquier otro. No hay exclusiones ni excepciones. Seguridad social en el periodo de prueba.