Cual es el bien juridico protegido en el delito de encubrimiento?

¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de encubrimiento?

El bien jurídico protegido es la Administración de Justicia, en su función de averiguación y persecución de los delitos, sin perjuicio que con su punición se pretenda evitar también aumentar la lesividad a los bienes jurídicos lesionados por el delito encubierto.

¿Qué es el bien jurídico tutelado?

Se entiende por bienes jurídicamente tutelados, los valores que son pro- tegidos por el Estado bajo su amparo, por lo que se han plasmado en el dere- cho positivo.

¿Cuándo se configura el delito de encubrimiento real?

En síntesis, para la configuración del encubrimiento real deben concurrir los siguientes presupuestos: a) procurar la desaparición de las huellas del delito; b) procurar la desaparición de las pruebas del delito; y c) ocultar los efectos del delito, dificultando así la acción de la justicia.

¿Qué se considera encubrimiento?

El encubrimiento es una conducta habitualmente penada como delito, que consiste en realizar actos u omitir la realización de actos con el fin de impedir o dificultar la acción del Estado para descubrir e investigar un delito o una serie de delitos, así como identificar a sus autores.

¿Qué es el bien jurídico protegido en el delito encubierto?

El bien jurídico protegido en este delito es la Administración de Justicia y, más concretamente, su labor de investigación y persecución de los delitos. Además, también se pretenden proteger los bienes jurídicos vulnerados por el delito encubierto.

¿Qué es el bien jurídico protegido?

El bien jurídico protegido es la Administración de Justicia, en su función de averiguación y persecución de los delitos, sin perjuicio que con su punición se pretenda evitar también aumentar la lesividad a los bienes jurídicos lesionados por el delito encubierto.

¿Qué es la Comisión del delito de encubrimiento?

La comisión del delito de encubrimiento supone la comisión anterior de otro delito. Tradicionalmente se consideró al encubridor como un cómplice posterior al hecho ilícito, consideración que autores como Carrara, postularon como inadmisible, pues no se puede participar en un hecho ya consumado y acabado.

¿Qué significa el encubrimiento?

Encubrir significa tapar u ocultar algo. En sentido penal, el encubrimiento es una conducta dolosa que realiza una persona que, sin haber participado en un delito anterior cuya comisión conoce, ayuda al autor del mismo a eludir la acción de la Justicia o a aprovecharse de los efectos del crimen cometido.