Como se pagan las horas dominicales?

¿Cómo se pagan las horas dominicales?

Remuneración por trabajado dominical y festivo. El trabajo dominical y festivo debe ser remunerado con el 175%, es decir, con el 100% del valor de la hora ordinaria más el recargo del 75%.

¿Cómo se pagan los días festivos no trabajados?

Conoce la Ley Federal del Trabajo que por ley debes percibir un salario doble, aparte de tu pago diario. De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, significa que se tiene que ganar el triple por un día festivo laborado.

¿Cuánto se paga por un feriado?

El empleador deberá pagártelo igual que las horas extras. Es decir, con el 50% de recargo sobre el valor de la hora normal.

¿Cuánto se paga por un domingo?

Quien trabaja un día domingo o festivo tiene derecho a recibir un 100 % adicional sobre su salario diario. Esta retribución no aplica si el empleado trabaja tres o más domingos en el mes. En este caso, el código considera el domingo como un día habitual.

¿Cuánto vale un domingo de trabajo?

El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas. 2. Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado solo tendrá derecho el trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior.

¿Qué pasa si no me pagan los días festivos?

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

¿Qué pasa si no voy a trabajar en un día festivo?

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

¿Cuánto vale un domingo compensatorio?

El trabajo en domingos y festivos se debe remunerar con un recargo del 75% por corresponder a días de descanso remunerado.

¿Cómo se paga un dominical en Colombia 2020?

El recargo dominical diurno se remunera con el 75 % sobre el valor de la hora ordinaria. Supongamos un trabajador que devenga un salario mínimo mensual legal vigente que para 2020 equivale a $877.803. Este trabajador debe laborar los domingos en una jornada de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.

¿Cuánto vale un dominical en Colombia 2020?

¿Cuánto vale un dominical en Colombia para 2020? Un día dominical en Colombia vale $51.205 pesos.

¿Cómo debe ser remunerado el trabajo dominical y festivo?

El trabajo dominical y festivo debe ser remunerado con el 175%, es decir, con el 100% del valor de la hora ordinaria más el recargo del 75%. Es así debido a que ese trabajo no está remunerado con el salario del trabajador, pues lo que está remunerado es el descanso obligatorio, debiéndose pagar completo el trabajo dominical.

¿Cuál es el recargo de una Hora Dominical o festiva?

Es decir que tenemos un recargo del 150%, de manera que si una hora ordinaria vale $10.000, la hora extra nocturna dominical o festiva cuesta $25.000. Hora dominical o festiva nocturna. Para que se configure una hora dominical o festiva nocturna el trabajador debe cumplir dos condiciones: Trabajar la jornada ordinaria en un domingo o un festivo

¿Cuál es el valor de la hora extra dominical o festiva?

Los dos recargos sumados dan un total del 100% sobre el valor ordinario de la hora, de modo que si el valor ordinario de una hora trabajada es de $10.000, el valor de la hora extra dominical o festiva es del 200%. Hora extra nocturna dominical o festiva. La hora extra nocturna dominical o festiva se configura cuando se cumplen tres condiciones:

¿Qué es la jornada laboral ordinaria en el trabajo dominical y festivo?

Jornada laboral en el trabajo dominical y festivo. La jornada laboral ordinaria del trabajador que le aplica entre semana también le aplica los domingos y festivos. Jornada laboral ordinaria. La jornada laboral ordinaria es la que se acuerde en el contrato de trabajo, que bien puede o no coincidir con la máxima legal.