Como se calcula el pago de dia festivo?

¿Cómo se calcula el pago de día festivo?

En caso de que tu empleador te lo solicite, puedes aceptar laborar en esos días, pero deberá compensarte pagándote doble el día trabajado. Para saber a cuánto te toca el pago por días festivos laborados, lo que debes hacer es dividir tu sueldo entre 30 días que tiene el mes. Luego ese resultado lo multiplicas por 2.

¿Cuánto vale un día festivo?

El Código Sustantivo del Trabajo, documento encargado de regular las condiciones laborales en Colombia, establece que las jornadas trabajadas durante un día festivo deben tener una remuneración adicional del 75% sobre el salario normal.

¿Cuál es el pago de los festivos?

Pero si en tu contrato de trabajo se establece una política sobre el pago de festivos, se te deben pagar como un día normal de trabajo y añadir el porcentaje adicional de acuerdo con lo establecido en el contrato. Este pago puede ser el del mismo valor que las horas extras, las cuales se suelen remunerar con el 150% del valor de una hora regular.

¿Qué ocurre si un trabajador le solicita que labore un día festivo?

Qué ocurre si a un trabajador se le solicita que labore un día festivo de los que se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como días de descanso obligatorio. En primera instancia los trabajadores y los patrones deberán determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.

¿Qué es el día festivo?

El día festivo, o día feriado, es aquel que no es día laborable y se considera como descanso obligatorio. Qué ocurre si a un trabajador se le solicita que labore un día festivo de los que se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como días de descanso obligatorio.

¿Qué son los días feriados o festivos?

Los días feriados o festivos tienen por objeto que el trabajador celebre, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas. El día festivo, o día feriado, es aquel que no es día laborable y se considera como descanso obligatorio.