Cuando no realizar la retencion en un alquiler de un local?

¿Cuando no realizar la retención en un alquiler de un local?

No estarán sujetos a retención: El arrendamiento de vivienda realizado por una empresa para sus empleados. Las rentas satisfechas a un mismo arrendador que no superen los 900 euros anuales. Las rentas satisfechas a un arrendador que nos entregue un certificado de exención emitido por Hacienda.

¿Cuál es el código de retención de ganancias?

MODIFICACIONES

CODIGO DE REGIMEN CONCEPTOS SUJETOS A RETENCION
110 Anexo II, inc. h) 28%
94 Anexo II, inc. i) 28%
25 Anexo II, inc. j) 28%
116 Anexo II, inc. k) 28%

¿Quién tiene obligacion de retener en alquileres?

Los empresarios y profesionales están obligados a practicar retención cuando satisfagan rentas por el arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos. No deberá practicarse retención o ingreso a cuenta entre otros, en los siguientes supuestos: Arrendamiento de viviendas por empresas para sus empleados.

¿Quién retiene en arrendamiento?

Quienes efectúen la retención sustituirán al enajenante, prestador de servicio u otorgante del uso o goce temporal de bienes en la obligación de pago y entero del impuesto.

¿Quién paga la retencion de alquiler por local?

El arrendador, está obligado a elaborar la correspondiente factura aplicando un 19% de retención a la base imponible y enviársela al arrendatario. El arrendatario, por su parte, debe retener dicha cantidad, que no paga al arrendador sino que ingresa en hacienda a nombre de éste.

¿Qué pasa si el inquilino no paga las retenciones?

Si se perciben los alquileres, pero el inquilino no ingresa las retenciones, el propietario tendrá que probar que tenía derecho a efectuar la deducción, puesto que había cobrado las facturas correspondientes. Solo entonces reclamará la administración a la empresa arrendada por no haber cumplido con su obligación.

¿Quién es agente de retención de ganancias?

¿Quiénes son los sujetos alcanzados? Deberán actuar como agentes de retención: Los sujetos que paguen por cuenta propia, ya sea en forma directa o a través de terceros, las ganancias por: El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.

¿Cómo darse de alta como agente de retención de ganancias?

El contribuyente se debe dar de alta como agente de retención a través del Sistema Registral de AFIP, opción Registro Tributario, F. 420/T Alta de Impuestos y/o Regímenes. Allí deberá ir a la solapa Régimen, debiendo seleccionar la opción SICORE-IMPUESTO A LAS GANANCIAS – Reg. 116.

¿Cuando un profesional está obligado a retener?

Están obligados a efectuar esta retención los autónomos profesionales que estén dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Es decir, en las actividades profesionales y artísticas.

¿Cuando no hay obligacion de retener?

En el IRPF la obligación de retener nace cuando se abonan las rentas. En el IS cuando las rentas son exigibles o en el de su pago o entrega, si es anterior. El retenedor u obligado al ingreso a cuenta, debe: Detraer de los rendimientos que abone, el porcentaje que corresponda según la naturaleza de las rentas pagadas.

¿Cuáles son las retenciones para el arrendamiento?

La retención en la fuente en arrendamiento de bienes raíces es del 3.5% sobre el 100% del pago o abono en cuenta.

¿Cuánto es la retención de IVA por arrendamiento?

10.67 %
En cuanto al IVA también existe una retención del 10.67 % de la contraprestación, siempre que trate de bienes inmuebles o muebles y desglose en el comprobante respectivo.

¿Cuál es la retención en la fuente por arrendamiento de bienes raíces?

Retención en la fuente por Iva en el servicio de arrendamiento. Retención por arrendamiento de bienes raíces. La retención en la fuente en arrendamiento de bienes raíces es del 3.5% sobre el 100% del pago o abono en cuenta.

¿Cuál es la retención del servicio de arrendamiento?

Si el servicio de arrendamiento está gravado con Iva, se debe aplicar la respectiva retención a título de Iva. El artículo 437-1 del estatuto tributario, modificado por la ley 2010 de 2019 señala: «La retención podrá ser hasta del cincuenta por ciento (50%) del valor del impuesto, de acuerdo con lo que determine el Gobierno nacional.

¿Qué es la retención en el arrendamiento de maquinaria?

Esta retención está regulada en el artículo 1.2.4.4.10 del decreto 1625 de 2016, y la norma no establece una base mínima sujeta a retención, de modo que cualquiera sea el monto se debe aplicar. Retención en el arrendamiento de maquinaria.

¿Cuál es la duración del contrato de arrendamiento rural?

El contrato tendrá una duración mínima de tres años y máxima de diez años. De tratarse de inmuebles rurales que sean utilizados para la explotación agropecuaria, el arrendamiento se encuentra exento de IVA (artículo 7, inciso h, punto 22 de la ley de IVA).